JURÍDICOTARJETAS REVOLVING

Nulidad de tarjetas revolving, comisiones y usura

PROFUNDIZAMOS EN LA NULIDAD DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO REVOLVING, SUS COMISIONES Y LA DECLARACIÓN DE SUS INTERESES COMO USURARIOS

Las tarjetas de crédito revolving esconden para el consumidor y usuario unas condiciones cuya legalidad se cuestiona en los tribunales por miles de clientes de entidades bancarias emisoras de tarjetas de crédito revolving como WIZINK, EVO FINANCE, CETELEM O COFIDIS.

Las reclamaciones por tarjetas revolving abusivas se acumulan en los tribunales junto con otras ya muy conocidas como la reclamación por cláusula suelo o las que piden la devolución de los gastos de hipoteca.

TARJETAS REVOLVING Y USURA

Aunque la usura suene a un concepto del pasado, diversas sentencias, incluida uno muy importante del Tribunal Supremo, han devuelto esta cuestionable práctica a los titulares de periódicos y medios online.

El artículo más importante de la Ley Azcárate de 1908 que rige este tipo de comportamiento es, sin duda el primero, según el cual:

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.

Gracias a lo estipulado en la primera frase miles de clientes han conseguido que se declare la nulidad de su tarjeta de crédito WIZINK, EVO o CETELEM.

No son las únicas emisoras de tarjetas que han visto como los tribunales daban la razón a sus clientes, otras como CAIXABANK o BANKINTER, también acumulan sentencias desfavorables.

Las razones que esgrimen los tribunales para declarar la nulidad de las tarjetas revolving son los intereses abusivos que aplican.

La TAE de los productos revolving es fácil que supere los umbrales del 25%, esta cifra, comparada con el precio habitual al que se comercializan los créditos al consumo, es «manifiestamente desproporcionada», toda vez que es más de dos veces el interés medio de estos préstamos.

TARJETAS REVOLVING Y COMISIONES

Los intereses abusivos de las tarjetas de crédito no son lo único que se declara nulo en este tipo de procesos por productos revolving.

El consumidor, que no suele tener oportunidad de estudiar a fondo el contrato de adhesión de estas tarjetas, desconoce que el instrumento de crédito genera una serie de comisiones, que lo pueden encarecer de forma notable.

Citamos algunas de estas comisiones abusivas:

  1. Comisión por reclamación de descubierto
  2. Comisión por exceso de límite
  3. Comisión por traspaso a cuenta
  4. Comisión por retirada de efectivo en cajero
  5. Comisión/Penalización por entrar en mora.

Las demandas contra las tarjetas revolving acumulan en sus peticiones la nulidad de la tarjeta por usuraria así como la petición de devolución de las comisiones cobradas de manera indebida.

Hay que tener en cuenta que cualquier comisión que devengue la tarjeta debe llevar aparejada algún tipo de actividad por parte de la entidad emisora. Esto es, no es aceptable que la comisión se genere de manera automática, como tampoco lo es, que suponga una doble retribución para la entidad financiera.

¿QUÉ HACER PARA ANULAR UNA TARJETA REVOLVING?

Es opinión mayoritaria la de que para conseguir la nulidad de una tarjeta revolving lo mejor que puede hacer es contratar a un abogado de tarjetas de crédito.

Desde luego, la reclamación al servicio de atención al cliente, con un poco de tiempo y paciencia la puedes realizar tu mismo, en internet hay disponibles modelos de carta. Sin embargo, es habitual que estas empresas intenten neutralizar la acción de los consumidores poniéndoles todo tipo de trabas, e incluso, negándose o queriendo cobrar, por emitir extractos de la tarjeta para calcular lo que se ha pagado en total.

Lamentablemente, el camino que conduce a la obtención de lanulidad de la tarjeta revolving, pasa por los juzgados y termina con la sentencia sobre tarjeta revolving de tribunal correspondiente.

¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE LA NULIDAD DE UNA TARJETA REVOLVING?

Muchos usuarios de tarjetas revolving se preguntan qué pueden conseguir tras la declaración de nulidad de los intereses abusivos de su tarjeta.

La consecuencia más importante es que, si ya ha pagado el principal de la línea de crédito revolving, y se declara la nulidad por usurarios de los intereses, todo lo que haya pagado de más lo recuperará.

Otra consecuencia es que lo que quedara pendiente dejará de ser una deuda a favor de la entidad financiera.

Por supuesto, el contrato quedará anulado de pleno derecho.

Si el abogado de tarjetas de crédito ha pedido la devolución de lo cobrado por comisiones indebidas, será una nueva cantidad a recuperar que se sumará a la de los intereses usurarios.

En ciertas ocasiones, la entidad obliga a contratar un seguro de pagos, este cargo también está siendo declarado abusivo en los tribunales.

El apoyo normativo a lo anterior lo encontramos en este artículo de la Ley Azcárate: 

Declarada con arreglo a esta ley la nulidad de un contrato, el prestatario estará obligado a entregar tan sólo la suma recibida; y si hubiera satisfecho parte de aquélla y los intereses vencidos, el prestamista devolverá al prestatario lo que, tomando en cuenta el total de lo percibido, exceda del capital prestado  

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