El error de cálculo en la fórmula Plusvalía Municipal
Si hablamos sobre el error de cálculo en la fórmula Plusvalía Municipal,
estaremos hablando de un tema que desde hace unos años trae a los contribuyentes de cabeza
Puesto que no son pocas las demandas que colapsaron los juzgados a la hora de plantear dicho error,
así como fueron muchos los intentos de los afectados por recuperar su dinero.
¿Qué es la Plusvalía Municipal?
Pese a que lo hemos tratado en otros artículos, vamos a explicarlo brevemente en este caso.
La Plusvalía Municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos (IIVTU)
se trata de un tributo que debe ser abonado por todo aquel que transmita un bien inmueble de naturaleza urbana.
Es decir, quien venda una vivienda, deberá abonar dicho impuesto.
E igualmente quien reciba un inmueble ya sea por medio de una donación o herencia, pagará la Plusvalía Municipal.
Dicho impuesto, grava el valor del inmueble durante los años de posesión hasta que se transmite.
Se rige por la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004
El importe de la Plusvalía Municipal variará dependiendo de la Comunidad Autónoma que se trate así como cada Ayuntamiento,
puesto que es competencia de éstos aplicarla.
¿Hay que pagar siempre la Plusvalía Municipal?
Este asunto también fue motivo por el cual nuestros altos tribunales comenzaron a pronunciarse.
La postura que tomaron al respecto finalmente fue que si al realizarse la transmisión del inmueble, se producía una pérdida económica,
entonces no se tendría que abonar dicho impuesto.
Y en el caso de que el ayuntamiento lo haya cobrado cuando se ha producido efectivamente dicha pérdida,
podrá reclamarse la cantidad indebidamente cobrada, que deberá ser demostrada.
El Tribunal Constitucional declaró el cobro de dicho impuesto cuando se ha incurrido en pérdidas económicas un hecho inconstitucional.
En cuanto a posibles reclamaciones y cómo hacerlas, te dejamos este artículo para que le eches un vistazo si te apetece:
– ¿Cómo reclamar la Plusvalía Municipal? –
De otro lado, no olvidemos que dependiendo de la zona, también se pueden aplicar una serie de exenciones
(y también se dan bonificaciones en algunos casos señalados)
El error de cálculo en la fórmula de Plusvalía Municipal
Para calcular este impuesto, los ayuntamientos se valen de una fórmula recogida en el art 107.4 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Así, aplicando dicha regla, se obtiene en apariencia el importe a abonar por quienes deben satisfacer este tributo.
Decimos en apariencia puesto que en los últimos años ha suscitado polémica.
La controversia saltó a la palestra, puesto que se apreció que la fórmula a aplicar era errónea
cuando se aplicaba sobre bienes inmuebles transmitidos con ganancias económicas.
Ya que como vimos anteriormente, cuando se transmite con pérdidas económicas la persona no debe pagar la Plusvalía Municipal
Sin embargo, cuando existen ganancias económicas, en principio,
sí que debe pagarse y el coste a pagar resultante de aplicar dicha fórmula, parece ser erróneo.
¿Por qué? El planteamiento del error en la fórmula Plusvalía Municipal es sencillo:
la base imponible que se obtiene tras el cálculo no ofrece un valor real actual del inmueble sino el valor que tendrá en un futuro.
Por tanto quienes deben pagar este impuesto, estarían pagando más dinero del que deberían.
En este caso, hay juzgados que tras demandas presentadas por los afectados, les dan la razón argumentando que efectivamente existe error de cálculo,
añadiendo además que podría ser recomendable el uso de otras fórmulas supletorias que sirvieran para calcular ese valor real
que es el que debe ser pagado, no el valor que tendrá el inmueble en 10 años más, por ejemplo.
Un juzgado de Cuenca en el año 2010 fue el primero en admitir este tipo de demanda y le siguieron varios juzgados nacionales.
En una de las demandas admitidas, Antonio Escribano, en su posición de demandante y apoyándose en su experiencia como arquitecto y matemático
planteó en ante el Juzgado de Cuenta que la fórmula empleada para el cálculo de la Plusvalía Municipal era errónea,
tanto así que su aplicación significaba que quien tenía que pagarlo, llegaba a abonar hasta un 40% más.
En definitiva, la persona no paga el valor del inmueble desde que lo adquirió hasta que lo transmita o le sea trasmitido en caso de donación o herencia,
sino que está pagando por el valor que tendrá en un futuro, hecho totalmente incongruente.
Sin embargo, pese a la lluvia de demandas y las cuestiones planteadas por los juzgados, el pronunciamiento del Tribunal Supremo ha sido tajante
Según nuestro alto Tribunal, la fórmula es correcta y por tanto seguirá aplicándose por todos los ayuntamientos españoles.
Para reclamar la plusvalía municipal haga click aquí.