JURÍDICO

Disposición transitoria segunda.Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

Disposición transitoria segunda. Régimen sancionador.

Serán de aplicación las disposiciones sancionadoras de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, a los hechos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.

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