BANKINTER CONSUMERJURÍDICONORMATIVA

ARTÍCULO 1 DIRECTIVA 93/13/CEE

ARTÍCULO 1.Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril
de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con
consumidores.

1. El propósito de la presente Directiva es
aproximar las disposiciones legales, reglamentarias y
administrativas de los Estados miembros sobre las cláusulas abusivas
en los contratos celebrados entre profesionales y
consumidores.

2. Las cláusulas contractuales que
reflejen disposiciones legales o reglamentarias imperativas, así
como las disposiciones o los principios de los convenios
internacionales, en especial en el ámbito de los transportes, donde
los Estados miembros o la Comunidad son parte, no estarán sometidos a
las disposiciones de la presente Directiva.

Deja una respuesta