El abandono de familia ¿Es delito?
El abandono de familia ¿Es delito?
Son muchas las familias que han experimentado el abandono familiar por parte de los responsables de velar por su seguridad y protección. Sin embargo, no tienen claro si el mismo representa un delito o no.
Para responder esta duda que, por cierto, es muy recurrente entre los afectados, decidimos mencionar algunos casos donde este delito puede ser penalizado.
No obstante, antes debemos recalcar que dentro de toda familia deben existir figuras encargadas de los deberes legales de la misma. Con esto nos referimos a la reparación compensatoria y la pensión alimenticia establecida bajo previo acuerdo con un juez.
Aun así, existen casos donde las figuras legalmente responsables desacatan lo establecido en los convenios que se crean a partir de una separación, un divorcio o una anulación del matrimonio.
Por otro lado, es preciso destacar que la ley entiende como abandono familiar aquel descuido proveniente de las figuras ya mencionadas hacia sus dependientes. Mencionamos, de manera especial, los descendientes, los ascendientes y los cónyuges.
¿Cuándo considerar como delito el abandono familiar?
Dicho esto, explicaremos a continuación cuáles son los casos específicos donde el abandono familiar es considerado un delito.
1 Deberes legales incumplidos
En primer lugar, ocurre un abandono familiar cuando el responsable de una tutela, una patria potestad o un acogimiento familiar dejan de cumplir los deberes legales que necesitan las personas a su cargo.
En este caso particular, el que haya cometido el delito podrá ser sentenciado a una pena de arresto que podría extenderse de 8 semanas hasta 20.
Sin embargo, si la gravedad es mayor, la ley podrá dictar una inhabilitación del ejercicio de la patria potestad, acogimiento o tutela por un tiempo de 4 a 10 años.
Deberes económicos incumplidos
Por otra parte, los deberes económicos incumplidos también pueden ser considerados un delito del tipo de abandono familiar. Por ende, también son penados por la ley.
Aquellos responsables que tienen personas a su cargo y no les proveen recursos económicos de 2 meses consecutivos o 4 meses alternos, pueden enfrentarse a un tiempo de arresto que va desde las 8 semanas hasta las 20.
Estos son los dos casos que la ley considera como delito el abandono familiar. Además, es importante mencionar que las cuantías deben ser canceladas de acuerdo a que estipule el juez encargado.