BANCO DE ESPAÑA IMPONE MULTA DE 3.000.000 A COFIDIS SA
El Banco de España ha publicado el día 18/11/22 múltiples sanciones y multas a COFIDIS, S.A., por infracciones graves y reiteradas de diversas normativas en el ámbito financiero
Dentro del cuerpo legal que regula esta materia, la más destacada es la Ley 10/2014 del 26 Junio.
Este cuerpo legal se encarga de la vigilancia y gestión de riesgos de las entidades bancarias y busca en definitiva sujetar la actividad bancaria a normas que concilien “la necesaria capacidad de las entidades de crédito para el desarrollo de sus fines en el contexto de una economía de mercado, con la debida ordenación y disciplina sobre aspectos que puedan ocasionar graves perjuicios a la economía”.
Esta ley de regulación prudencial bancaria atribuye principalmente al Banco de España amplias prerrogativas para que este tenga la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes comprendidos en el articulo IV sobre los procedimientos sancionadores aplicables a las entidades de crédito y al sector bancario.
En el ejercicio de dichas competencias sancionadoras y de conformidad en el art 11.7 de dicha Ley, el Banco de España ha publicado en su página web diversas sanciones y amonestaciones impuestas a COFIDIS S,A., por diversas infracciones graves y muy graves desde la entrada en vigor de la Ley 10/2014. Este articulo abordará varias de las infracciones impuestas junto con los motivos y las leyes infringidas.
El 24/10/22 quedo firme en vía administrativa una resolución del Banco de España en la que se impuso una multa por incumplimientos comprendidos entre el 2016 y el 2017 y en consecuencia se impuso una multa de tres millones de euros (3.000.000) inclusive tras la aplicación de una reducción del 40%.
Esta reducción se da en virtud del art. 85 de la Ley 39/2015 que establece que si el infractor reconoce su responsabilidad iniciado un procedimiento sancionador y si la sanción únicamente tiene carácter pecuniario, el órgano competente para resolver el procedimiento aplicará reducciones de al menos el 20% sobre el importe de la sanción y se resolverá el procedimiento.
Esos incumplimientos son relativos a:
A) la inclusión sistemática de una cláusula en los documentos de solicitud de préstamo que vinculaban al cliente a solicitar simultanea e indisolublemente una línea de crédito que se alejaba de la financiación pretendida por el cliente y en cambio beneficiaba a la entidad en términos de forma de amortización y coste;
B) deficiencias relacionadas al consentimiento del cliente sobre la comercialización de seguro de protección de deuda;
C) deficiencias en el contenido de los documentos de liquidación y comisiones remitidos a los clientes. Estas situaciones anteriores infringieron la Ley 39/2015, Ley 10/2014 y Orden 2899/2011 del Banco de España.
En la misma fecha que la anterior convino firme en vía administrativa una infracción grave por incumplimientos comprendidos entre el 2016 y el 2017 y en consecuencia se impuso una multa de sesenta mil euros (60.000) a D. Juan ***, antiguo director general de COFIDIS, S.A..
Este fue sentenciado a este monto inclusive tras la aplicación de la red la reducción del 40% anteriormente explicada.
Se le ha impuesto la multa por los mismos incumplimientos señalados en el párrafo anterior:
1) inclusión de cláusulas que provocaban la creación de una línea de crédito,
2) deficiencias en consentimiento de clientes relacionado a seguros y
3) deficiencia en los documentos de liquidación de intereses y comisiones.
Es interesante como la responsabilidad se ha repercutido aún más allá que a la entidad bancaria, y cómo además se ha condenado a una personas física por y se rol y responsabilidad en relación a lo cometido.
Estas infracciones mencionadas anteriormente solo son un par de las numerosas resoluciones firmes que han salido este año en contra de COFIDIS SA., y ejemplifican la importancia de la Ley 10/2014 que busca adaptar el ordenamiento español a los cambios y requisitos normativos impuestos en el ámbito internacional y de la Unión Europea.
La importancia radica en alteración sustancial de la normativa y la elaboración de un texto único que ahora se ha convertido en el núcleo esencial del régimen jurídico aplicable a las entidades de crédito.
A su vez de la potestad reguladora y sancionadora que se le ha otorgado al Banco de España para que mantenga la supervisión y control en un aspecto tan vital de la economía española.