Curiosidad.
Buenos dias.
He estado ojeando el foro y me ha parecido tremendamente interesante.
Tengo algunas curiosidades al respecto de las pensiones de alimentos (es un tema que vivo por partida doble) y espero que alguien me las pueda aclarar.
Si un padre, paga la pension alimenticia a su hijo (13 pagas anuales) y por razones de trabajo, la madre no cumple su horario de recogida del menos, ni los dias que tiene que tener al hijo, siendo ella la que tiene la custodia, y el padre ha de ocuparse (ademas de pagar la pension alimenticia) de la merienda y cena del menor, ¿es licito (mejor dicho, "legal") que tras 8 años en esta situacion, y una vez que el padre, decide formar una nueva familia, y transladarse a otra ciudad, dejando el cumplimiento de estas "obligaciones", la madre, pida la actualizacion de la pension (durante los 10 años de separacion, no se actualizo con el ipc, dado que el padre pagaba mas gastos de los que le correspondian y daba de cenar y de merendar a la menor 5 de los siete dias de la semana, y la madre en todo este tiempo, no pidio nunca la actualizacion)
¿Tiene algun valor monetario, el hecho de que el padre, ademas de todos los gastos demostrables por pagos y transferencias , el haber soportado ademas de el pago de la pension alimenticia, haber dado cena y merienda, diariamente, a su hija, por que su madre alargaba su horario de trabajo, y jamas le preparaba la merienda, y se hacia muy tarde para que el menor cenase?
Muchisimas gracias.
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