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Antiguo 09-09-2010, 01:48:32   #1
irlanda
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Predeterminado TEMA: 1.8. Sistemas Jurídicos Contemporáneos. Parte 5. Sistemas mixtos.

Normalmente incluyen tradiciones normales el acento especifico de su nacionalidad matiza y distingue a cada uno de los sistemas y en consecuencia hace poco recomendables los intentos de su clasificación, por lo que cada uno de ellos debe ser estudiado de forma individualizada. No obstante, la mayoría de los sitemas mixtos corresponden a Derechos nacionales algunos resultan de tanta relevancia política e interés académico, como los casos de Israel y Japón.
Conviene, sin embargo, señalar, junto a esas tres familias ciertos sistemas, de naturaleza más religiosa o filosófica que jurídica en sentido estricto, cuyas normas regulan en determinados países las relaciones humanas en su totalidad o en alguno de sus aspectos. En realidad dichos sistemas no constituyen familias propiamente dichas. Son independientes entre sí y ninguno de ellos agrupa una pluralidad de Derechos nacionales. Hasta cabe dudar de su carácter jurídico; en su mayor parte, si no en su totalidad, el acento se pone sobre las obligaciones que pesan sobre el hombre justo y en ellos no hay lugar para la noción de derechos subjetivos.
El más importante de estos sistemas es el sistema de Derecho Musulmán, el cual, no es el derecho de ningun estado musulmán determinado por vinculados al Islam que se sientan los dirigentes y habitantes de ese estado. Se trata mas bien, a imagen y semejanza de lo que el derecho canónico reprecenta para los cristianos o el Derecho Hebreo para los Judíos del derecho de una comunidad de fieles, es decir, la comunidad profesa la fe islámica. por su vocación de sustituir al derecho, es coma más que un sistema jurídico, el conjunto de normas relativas a las relaciones humanas, que se derivan de la religion musulmana.
El Derecho musulmán cumple la misión que ninguna otra norma específicamente jurídica desempeña, en algunos países, en lo que atañe a la ordenación de algunos e importantes tipos de relaciones humanas. Con independencia de esto en aquellos países cuya civilización ha sido modelada por el Islam, los principios del Derecho musulmán, han influido considerablemente en la práctica sobre la interpretacion o aplicacion de las normas importadas de óccidente o inspiradas por las concepciones Occidentales
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