horas nocturnas
Hola,tengo una duda,en mi empresa tenemos turnos que comprenden de: 17h hasta las 01h
18h hasta las 02h
Segun el convenio de la empresa las horas nocturnas son de 21 a 8 horas y segun el estatuto de los trabajadores,se considerara trabajador nocturno al que realice una parte no inferior a 3 horas.
Pues bien la duda seria si me corresponde cobrar las 8 horas como nocturnas ya que trabajo mas de 3 horas en ese turno.
gracias y saludos...
|