Reduccion jornada laboral Articulo 41
Estimados amigos, trabajo en una empresa de limpiezas de oficinas y portales con una jornada de 6 horas. Uno de los portales ha reducido de 5 dias a 3 dias el servicio a la semana y mi empresa automaticamente aplicando el articulo 41 me ha reducido mi jornada en la parte proporcional y por tanto el sueldo. Mi pregunta es, si es legal hacerlo ya que el articulo 41 del RD 1/1955 dice claramente que deben ser razones objetivas que "permitan mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de sus recursos, que favorezca su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la demanda".Si en mi caso supone 2 horas a la semana y no me han ofrecido si quiera una alternativa y es mas, la empresa es de sobra solvente, tiene centros y clientes incluso nuevos, es posible que sea declarada injustificada? Tengo en mente claramente que esto puede ser una artimaña para un despido reduciendome horas cada vez que pueda hasta que sea economicamente factible el despido.....
gracias por vuestra ayuda de antemano....
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