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Antiguo 25-02-2010, 15:20:40   #1
222333
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Predeterminado declaracion de herederos

mi abuela ha fallecido, era viuda,tenia 4 hijos 2 ya fallecidos con viuda e hijos y otros 2 vivos casados y con hijos ¿ como se reparte la herencia? ¿quién hace la declaración de herederos? ¿algún organismo comienza el proceso o debe hacerlo uno o varios herederos? estamos un poco perdidos en este tema
gracias por la ayuda
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Antiguo 01-03-2010, 12:15:18   #2
thomas
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Estimado forero en contestación a tu consulta te indico:

DISTRIBUCIÓN DE LA HERENCIA

Como tu abuela ha muerto sin otorgar testamento (por eso haces referencia a la declaración de herederos), se abre la sucesión intestada o legítima que defiere y por este orden la herencia a los descendientes, ascendientes y cónyuge y demás parientes. Es la imagen de la fuente invertida, la ley presume que el cariño familiar primero desciende, luego asciende y finalmente se expande.

De este modo los únicos herederos son sus hijos y los nietos de los hijos que fallecieron antes que ella. Los hijos heredan por derecho propio, mientras que los nietos heredan por representación de los hijos fallecidos.

Se hacen cuatro partes iguales del caudal hereditario y los hijos heredan por cabeza en su parte, mientras que los nietos heredan por estirpe en la parte que correspondería al hijo que falleció, es decir, los vivos reciben su parte y la parte que corresponde a cada hijo fallecido la heredan sus propios hijos repartiéndola por mitad.

DECLARACIÓN DE HEREDEROS
La declaración de herederos puede hacerse de dos formas.

1- AUTO DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS ABINTESTATO: Es la forma más habitual, con el certificado literal de defunción del causante y el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad que demuestre la inexistencia de testamento válido y eficaz, el Juez de Primera Instancia dicta un AUTO, en el que se declara que la herencia del causante es intestada siendo sus herederos los llamados por la ley en primer lugar y de forma excluyente.

2-ESCRITURA PÚBLICA NOTARIAL: Esta declaración puede hacerse también mediante la fe pública notaria con los mismos efectos.

MODO DE INICIAR LA DECLARACIÓN

Aunque es cierto que siempre que el Juez tiene conocimiento del fallecimiento de una persona adoptará medidas de protección de sus bienes y dispondrá lo necesario para el enterramiento, lo cierto es que son los propios herederos los que están legitimados únicamente para iniciar el expediente de declaración de herederos.

Un saludo.
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Antiguo 02-03-2010, 12:32:30   #3
222333
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gracias Thomas,me quedan dos dudas ¿si hubiera testamento sería diferente el proceso?, la verdad es q no sabemos si lo hay o no.
y dos si un hijo no hace nada q es quién vivivía con mi abuela y se niega a colaborar ¿que pasos deben seguir el resto de herederos?
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Antiguo 03-03-2010, 07:23:21   #4
alejandra140
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hola quisiera saver unas cuantas cositas por q la verdad q estamos muy liosos todos,yo bengo de padres separados ahora resulta q no as comunicado q mi padre a fallecido y q lo an enterrado pero no savemos quien dio la orden como nonos abisaron de su muerte ahora dicen q si tiene erencia como podemos saver si tiene algo si noslo dejo a nosotros o q quiero saver tanbien de q a fallecido tenemos muchas dudas la verdad nosotros no tenemos dinero para pagar un abogado y salir de nuestras dudas q nos da dolor de caveza muchas gracias amigos y as saludos ojala me ayudeis gracias es q ya nose a donde acudir y ahora me he venido a un civer aver si encontraba algo de ayuda besos chao
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Antiguo 03-03-2010, 10:26:30   #5
thomas
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gracias Thomas,me quedan dos dudas ¿si hubiera testamento sería diferente el proceso?, la verdad es q no sabemos si lo hay o no.
y dos si un hijo no hace nada q es quién vivivía con mi abuela y se niega a colaborar ¿que pasos deben seguir el resto de herederos?

A la primera cuestión te indico que la sucesión, habiendo testamento es totalmente distinta, ya que no es preciso la declaración de herederos porque no se abre la sucesión legítima sino la testamentaria. Es en el testamento de tu abuela en el que se realiza esa "declaración de herederos" al disponer de sus bienes y relaciones patrimoniales para después de su muerte.

Tan sólo hay que cumplir la voluntad testamentaria sin más trámites que la realización del cuaderno particional y su elevación a escritura pública si existen bienes inmuebles.
Para averiguar si tu abuela dejó testamento, tienes que solicitar certificado del Registro de Actos de Última Voluntad (lo que se llama las “últimas voluntades”) y en el se te especifica si tiene o no testamento vigente y ante que Notario lo otorgó.

A la segunda cuestión, es indiferente la actitud de este hijo, lo deseable es que fuera colaborador para ahorraros problemas entre vosotros, pero cualquiera de los herederos tiene legitimación y puede iniciar cualquier trámite referido a la herencia de tu abuela, ya sea la declaración de herederos, o solicitar la división y adjudicación de la herencia tanto judicial como extrajudicialmente.

Un saludo.
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Antiguo 03-03-2010, 10:41:09   #6
thomas
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hola quisiera saver unas cuantas cositas por q la verdad q estamos muy liosos todos,yo bengo de padres separados ahora resulta q no as comunicado q mi padre a fallecido y q lo an enterrado pero no savemos quien dio la orden como nonos abisaron de su muerte ahora dicen q si tiene erencia como podemos saver si tiene algo si noslo dejo a nosotros o q quiero saver tanbien de q a fallecido tenemos muchas dudas la verdad nosotros no tenemos dinero para pagar un abogado y salir de nuestras dudas q nos da dolor de caveza muchas gracias amigos y as saludos ojala me ayudeis gracias es q ya nose a donde acudir y ahora me he venido a un civer aver si encontraba algo de ayuda besos chao


Estimada forera,

Ante todo tranquilízate porque las cosas están ahí y poco a poco irás arreglándolas, es mejor afrontarlas sosegado.

La verdad es raro que no os hayan comunicado desde el Juzgado el fallecimiento de tu padre, puede ser que lo hayan hecho (es el trámite que debe seguir una vez que tenga noticias del fallecimiento de una persona sin constarle herederos, buscar a sus posibles sucesores) y por cualquier circunstancia no os ha llegado o simplemente el Juzgado no ha tenido conocimiento del fallecimiento.

En cualquier caso para averiguar si dejó o no testamento, como el caso del forero anterior, debes solicitar el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, en el que se especifica si falleció intestado o no y ante que Notario otorgó testamento (si hay varios testamentos, el vigente y el que rige la herencia es SIEMPRE EL DE FECHA MÁS MODERNA). Este certificado debes solicitarlo a la Gerencia Territorial de Justicia.

Para saber de qué falleció y cuándo y cómo debes dirigirirte al Registro Civil del domicilio de tu padre y solicitar certificado literal de defunción de tu padre.

Tanto uno como otro te lo dan en el acto o a lo sumo en una semana. El segundo es gratuito por el primero sólo tienes que rellenar una instancia y pagar una tasa de 3 euros y pico.

Un saludo.
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Antiguo 10-03-2010, 12:44:45   #7
carterknight
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gracias Thomas,me quedan dos dudas ¿si hubiera testamento sería diferente el proceso?, la verdad es q no sabemos si lo hay o no.
y dos si un hijo no hace nada q es quién vivivía con mi abuela y se niega a colaborar ¿que pasos deben seguir el resto de herederos?
Seria el proceso mas facil y mas economico, si hubiera testamento.

Para saber si hay testamento o no, hay que dirigirse al ministerio de justicia, en las ultimas voluntades, y solicitar el Certificado de Ultimas Voluntades.... normalmente esto tarda unos 15 dias desde que se pide, y vamos, ahi te dicen si dejo testamento. Hay que pagar unas tasas, pero son escasas.
carterknight is offline   Responder Con Cita
Antiguo 11-03-2010, 16:30:12   #8
222333
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Predeterminado gracias por vuestras respuestas

gracias por vuestras respuestas
un saludo
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Antiguo 18-03-2010, 11:26:17   #9
222333
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Predeterminado herencia

buenas otra vez
¿donde hay que entregar exactamente los papeles de inexistencia de testamento y el certificado de defunción para hacer la declaración de herederos? ¿en un juzgado? ¿en cuál? ¿de primera instancia civil??
y ¿dónde vivía mi abuela? o ¿puede ser en otra ciudad? es que los herederos viven todos en comunidades autónomas diferentes.
un saludo y muchas gracias
222333 is offline   Responder Con Cita
Antiguo 18-03-2010, 19:22:44   #10
thomas
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Predeterminado

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buenas otra vez
¿donde hay que entregar exactamente los papeles de inexistencia de testamento y el certificado de defunción para hacer la declaración de herederos? ¿en un juzgado? ¿en cuál? ¿de primera instancia civil??
y ¿dónde vivía mi abuela? o ¿puede ser en otra ciudad? es que los herederos viven todos en comunidades autónomas diferentes.
un saludo y muchas gracias

Existen dos maneras de obtener la declaración de herederos abintestatos, una por vía judicial.

En este caso es competente el Juez de Primera Instancia del último domicilio del causante. Constituye un proceso sencillo, expediente de jurisdicción voluntaria, que termina mediante una AUTO DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS.

Normalmente esta es la vía utilizada cuando los únicos herederos legítimos de una persona son sus parientes colaterales (hermanos o sobrinos) y el Estado (o la Comunidad Autónoma). Pero nada obsta a que los hijos y descendientes, padres o el cónyuge puedan servirse de ella.

Por vía notarial.

Correspondiente al Notario hábil del lugar del domicilio del difunto. En este caso se declara mediante una ACTA NOTARIAL, con iguales efectos que el Auto anterior.

Esta es la vía que se utiliza normalmente cuando los herederos son hijos, padres o el cónyuge.

Lo normal es que os dirijáis al Notario hábil (cualquier notaría) de la ciudad que fue domicilio último del causante. Pero podéis también instarla ante el Juez de Primera Instancia, igualmente del domicilio del difunto.

Un saludo.
thomas is offline   Responder Con Cita
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