Me pueden embargar?
Buenos dias.
Te apunto información sobre el embargo de nóminas.
El patrón que los embargos de nómina deben de seguir por ley, son:
1. A las personas que perciban hasta el doble del SMI, se le podrá descontar el 30% que exceda los 570,6 euros.
2. Salarios de hasta tres veces el SMI, se le suma el descuento anterior, más el 50% de lo que exceda de dos SMI.
3. Aplicable para personas que perciban hasta 4 veces el SMI, se les embarga lo anterior más el 60% del monto que exceda el tramo entre el segundo SMI y el cuarto.
4. Para ingresos de más de cinco SMI: a los embargos anteriores se le agrega el 75%, del tramo entre el segundo SMI y el quinto.
5. Para quien goce de más de cinco salarios mínimos, se embarga el 90% de todo lo que exceda un salario mínimo.
Efectivamente, si tienes el coche a tu nombre y el otro bien, si no lo pagas te lo embargarán.
Espero haberte ayudado. Un saludo.
|