¡Hola meggg!
El finiquito incluye los salarios pendientes y la parte proporcional de las pagas extraordinarias y de las vacaciones no disfrutadas. Con un ejemplo práctico se entenderá mejor.
Un trabajador con un salario de 200.000 pesetas al mes y con derecho a 2 pagas extras del mismo importe (200.000 Ptas.), es despedido a 30 de septiembre sin haber disfrutado todavía ese año vacaciones. La liquidación variará según la forma de devengo de las pagas extras
Caso A: pagas extras prorrateadas por meses (esto significa que ya se han ido cobrando mes a mes)
El empleado deberá recibir el salario de septiembre conprorrata de pagas extras, es decir, 233.335 Pta. Esto corresponde el salario completo más la prorrata de las pagas extras, porque el despido se produce el último día del mes, habiendo trabajado, por tanto, el mes entero. El cálculo de la prorrata se obtiene con una simple regla de tres: Si 12 meses dan derecho a 400.000 Ptas 2 pagas extras , un mes da derecho a 33.335 Pts.
A esto hay que añadirle la parte proporcional de vacaciones no disfrutadas, es decir 150.000 Ptas. Esta cantidad se obtiene igualmente de una regla de tres: si 12 meses dan derecho a 30 días de vacaciones, los 9 meses que ha trabajado este empleado le dan derecho a 22,5 días, es decir, a 150.000 Ptas.
Por tanto, el total de finiquito asciende a 383.335 Ptas.
Caso B: pagas extras devengadas por semestres:
El empleado deberá recibir el salario de septiembre, es decir, 200.000 Ptas. Esta cantidad corresponde al salario completo, porque el despido se produce el último día del mes, habiendo trabajado, por tanto, el mes entero.
A esta cantidad, se le añade la parte proporcional de la paga extra de Navidad. En este caso corresponde 100.000 Ptas. ya que la paga de junio ya se habrá cobrado en su día, y de la paga de diciembre 200.000 Ptas.- sólo se tiene derecho a la mitad, ya que se ha trabajado sólo hasta septiembre.
Finalmente, hay que incluir la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas, es decir 150.000 Ptas. , que coinciden con la operación realizada en el caso A.
En este supuesto, el empleado deberá recibir de su empresa un finiquito que asciende a 450.000 Ptas.
Esperando haberte ayudado recibe un cordial saludo
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Licenciado en derecho del equipo de leyes.tv
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