Hola! Necesitaría ayuda con el siguiente supuesto:
la tramitación de un procedimiento sancionador contra una aerolínea europea sin sede en España, sin cif español, pero que SI presta sus servicios en aeropuertos españoles. El procedimiento es por infracción en temas de derecho del consumidor. ¿cómo se procede contra dicha empresa si no tiene sede en España, ni cif español?? ¿Existe un procedimiento en estos casos que asegure que se cobrará la posible futura sanción??
Gracias
En principio la legislación europea de derechos del pasajero es aplicable para las compañías europeas, o aquellas que sin tener su sede en la Unión Europea operen en sus aeropuertos, por lo que sería de aplicación el Reglamento CE 261/2004.
Como recomendación y antes de emprender acciones legales te recomiendo que rellenes la hoja de reclamación de la propia compañía si dispone de ellas, en caso de no tenerla, la mayoría de las aerolineas europeas puedes rellenar la reclamación por internet.
De forma paralela puedes igualmente solicitar en cualquier aeropuerto una hoja de reclamaciones de AENA. te pongo información que aparece en la web de AENA.
"Si transcurrido un tiempo prudencial no recibe contestación de la compañía o no está de acuerdo con la misma y, además, el incidente tuvo lugar en un aeropuerto español o un vuelo procedente de un tercer país y la compañía era comunitaria, usted puede dirigirse a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, del Ministerio de Fomento. Para su comodidad, puede utilizar los formularios que enc ontrará en la página web del Ministerio de Fomento, [Solo los usuarios registrados pueden ver los links. ], junto a una copia de la reclamación que haya presentado privamente ante la compañía."