A ver si arrojo luz sobre el tema.
Entiendo que siempre se necesita permiso para hacer cualquier obra, y más cuando se trata de elementos comunes de la propiedad.
También hay que decir que resulta ahora irrelevante el tema ya que parece que la obra está realizada.
En cuanto a los daños y perjuicios, éstos los debes cuantificar y demostrarlos.
La legislación permite efectuar las rampas para minusválidos si éstos residen en la vivienda.
Debes tener en cuenta que las obras se han debido aprobar antes en Junta Ordinaria y que se ha debido presupuestar, por lo que debiste tener conocimiento previo de lo que se iba a realizar.
En cualquier caso, si entiendes que la rampa perjudica gravemente a tu propiedad, creo que debes informarte en un abogado para que te lleve el tema.
Si me permites mi opinión, creo que no properará tu petición.
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