Desconozco la fiscalidad en Cataluña. Con lo datos de Madrid, que son los que conozco, tienes varias opciones:
1.- Esperar a que fallezca tu abuela, Dios quiera dentro de muchos años, y cuando este hecha su herencia, tu padre te donaria ese piso, supongo que en Cataluña al igual que en Madrid las donaciones de padres a hijos tienen importantes bonificaciones que dejan en poco los impuestos.
2.- Que haga un testamento (en vida) por el que te deje en legado esa vivienda con la salvedad de la legitima, que corresponde a tu padre, que hay que respetarla. Cuando llegase el momento de hacer la herencia, tu padre podria renunciar a su parte, acreciendo esa parte en ti. Aqui también resulta una fiscalidad muy beneficiosa, dado que las sucesiones entre descendientes cuentan con importantes bonificaciones.
3.- La opcion más cara fiscalmente, seria una compraventa que tiene unos impuestos, de un 7% sobre el valor declarado de la vivienda.
Yo te recomendaria la primera opcion que es la más sencilla, aunque requiera de dos actos, la herencia y después la donación. Los gastos por impuestos no serian muy elevados. Los gastos de la notaria y del registro si que podrian ser elevados, dependiendo del valor que se de a la vivienda. No obstante, es la que menos problemas plantea y podria llevarse a cabo sin ningun problema.
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