hola
dices que tienes una propiedad sin ninguna documentacion, la primera documentacion que puedes hacer es una aceptacion de herencia de tu padre hacia de esa propiedad, o de las que sean, pero solo tendras un documento, por tanto, el registro de la propiedad no te la inscribira, ya que son necesarios dos documentos, entonces para hacer eso, podrias hacer un acta de notariedad, que es con dos testigos delante del notario hacer esa acta, pero pagarias (en galicia) un 7% de su valor.
ahora, que ya tenemos dos escrituras, vamos a proceder al tramite de inmatriculacion en el registro de la propiedad, para ello, cuando hicimos los tramites anteriores pusimos la referencia catastral, asi como los datos de catastro.
Ya que los datos de catastro estan mal, una vez aceptada la herencia, y por tanto, tener un titulo de propiedad, procedes a subsanar el catastro (por desgracia, y ya estoy harto de esa panda de inutil.....) vas a tener que presentar planos, escrituras, etc, hasta que te dibujen tu propiedad.
Y lo que te dice el de catastro de hacer segregacion, eso aqui no pinta nada, porque es una correcion de un error, no una finca que se dividio en varias.
Y a todo esto, dices
Cita:
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Si reformo la vivienda, puede algún familiar de mi padre reclamarlo a pesar que después de 30 años no lo han hecho?
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ahora dependera del tema de los herederos, puede que tu padre y los hermanos de tu padre, se repartiesen la herencia de tu abuelo y cada uno cogiese unas propiedades, si es asi, aunque no existe documento, han aceptado cada uno su parte de la herencia.