Autónomo
Hola compañero,
La verdad que tengo dos claves para darte una respuesta correcta:
1- La primera y más importante, ¿La actividad de la sociedad donde estás de autónomo realmente termina la actividad? Es decir, liquidas la sociedad y en consecuencia dejas de realizar actividad alguna y del mismo modo dejarás de trabajar, aunque sea así o no, deberas demostrar ante INEM que así es porque del contrario determinar que has cometido un fraude de Ley como una Catedral.
2- La segunda, ¿Cómo estás dado de alta en Autónomos?, o planteado en otra pregunta, ¿Qué eres dentro de la sociedad? Tienes todas las participaciones, más del 50% de participaciones, más del 25% de participaciones pero eres trabajador, no tienes nada de nada pero tienes una actividad a tu nombre y le facturas todo a la sociedad que comentas. Dependiendo de la situación, al ser baja de autónomo, tendrías que dar de baja la actividad de la Sociedad, sino te podrían reclamar autónomos retrasados y reclamarte todo lo percibido del desempleo.
Comentas que te despedirán a final de mes, yo si fuera la Administración vería muy raro que curiosamente has terminado la actividad de la sociedad y te han despedido a la vez, entientedes¡¡¡¡¡ Además si tienes pensado iniciar la activdad una vez cobrado el desempleo, uffffff¡¡¡¡¡ Evidentemente tú podrás aportar pruebas que demuestren que no hay fraude de ley y que realmente las cosas han pasado así, si ello fuera así y pudieras demostrarlo, entonces sí le daría la razón a tu asesoría, por el contrario, si no pudieras demostrar nada de lo comentado, yo personalmente no aconsejaría hacer esta jugada porque puede conllevar recargos, sanciones, etc...
Un saludín y suerte.
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