Hola!
Te comento. En principio todo matrimonio esta en régimen de gananciales, salvo que se estipule ante Notario y antes de casarse que el matrimonio se va a acoger al regimen de separacion de bienes. Ahora bien, si me comentas que tu pareja tiene en propiedad una vivienda con anterioridad al matrimonio, seria un bien ganancial, porque la aportacion de ese bien a la sociedad de gananciales habria de hacerse ante Notario. Y si adquiris una vivienda con dinero tuyo ganancial, se estableceria un bien en condominio, la parte correspondiente al dinero que tu aportaras para la compra de la vivienda seria privativa tuya, y el resto de los gananciales. Siendo asi las cosas, la vivienda de tu pareja seguiria en su propiedad, salvo que en documento notarial haga una aportacion al matrimonio, y la vivienda que comprarais seria parte privativa tuya, y parte de la sociedad de gananciales.
Esta seria una buena opcion, porque en caso de divorcio ambos contariais con una vivienda (Aunque tuviera parte de la tuya y tu nada de la suya, quedaria muy ajustado). Ahora bien, si quereis dejar las cosas claras podeis acudir ante notario para otorgar las llamadas capitulaciones matrimoniales y establecer que cada uno es propietario de una vivienda, en un regimen de separacion de bienes, aunque personalmente no os lo recomiendo. La idea que ya teneis entiendo que es la mas correcta.
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