¡Hola dazalope!
Los conductores sancionados pueden obtener hasta un 30% de descuento sobre el importe de la multa que figura en el boletín de denuncia o, en su defecto, en la notificación posterior, siempre que se haga efectivo antes de que se dicte la resolución sancionadora, pero eso significa prestar conformidad y evidentemente no recurrirla, en cuanto a la notificación en principio parece que no ha sido realizada correctamente ,ya que generalmente la notificación se realizará por correo certificado, si no nos encontramos en el domicilio y no la recoge ninguna otra persona, esta circunstancia se hará constar en el expediente junto al día y la hora en la que se intentó la notificación; en un plazo de 3 días se intentará una nueva notificación. En el expediente también se indicará si hemos rechazado la notificación.
Si los interesados son desconocidos o intentada la notificación ésta no se ha podido realizar, se hará por publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del titular del vehículo y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia.
Dede destacarse también que al notificar la denuncia no sólo se debe informar al conductor de que ha cometido una infracción de tráfico que ha cometido sino de aquellos recursos que pueden presentarse contra la misma.
Si las notificaciones no contienen alguno de los elementos necesarios, en principio no son válidas a excepción de que el infractor realice algún acto del que se pueda desprender que conoce el contenido de la notificación como por ejemplo, interponer cualquiera de los recursos que son procedentes. Por lo que en principio y según cuentas está mal notificada, ahora bien tienes que tener en cuenta que en el Contencioso no hay generalmente condena en costas por lo que tendrás que pagar en el supuesto que ganes los honorarios de tu abogado. Tienes que valorarlo
Esperando haberte ayudado recibe un cordial saludo
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Licenciado en derecho del equipo de leyes.tv
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