muy facil
hola,
mirate el articulo 70 de la ley 30/92 de 26 de noviembre. es la ley de regimen jco de las AAPP y del procedimiento administrativo comun, basica para todas las administraciones. ahi te pone los campos que ha de tener una instancia y luego para mas dudas mirate esa ley. luego, te digo que normalmente las instancias se dirigen al organo del que procede el acto que se impugna o del que se quiere obtener informacion. hay excepciones como son los recursos que se dirigen al superior jerarquico y otros, pero en caso de duda lo que tienes que hacer es dirigirte al organo del que procede el acto y él se encarga de dirigirlo al competente o si no sabes quien dicto el acto dirigelo a la consejeria/ministerio/ayuntamiento que sea la competente por razon de la materia o del territorio y que ellos se encarguen de decidir cúal es el competente dentro de su organigrama.
espero haberte ayudado. el administrativo es mi especialidad
unb saludo
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