Buenas, mira no estoy muy dicha en cuanto a este tema, pero lo que si se es que según la ley de arredamiento aunque tengas dos años de contrato tu puedes rescindirlo, avisando al propietario con dos meses de antelación. ahora ya no se si con la muerte de tu padre implica algo, te recomiendo que te pongas en contacto con tu comunidad, con el departamento de vivienda, si es la comunidad de madrid, incluso en madrid.org tienen publicada la ley
espero haberte ayudado aunque sea un poco
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