Retroceder   Foro Derecho de leyes.tv > Consultas juridicas > Derecho civil

Respuesta
 
Herramientas Buscar en Tema Desplegado
Antiguo 22-11-2007, 12:25:57   #1
Themila
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Nov 2007
Mensajes: 1
Predeterminado Urgente- Como Inquilino Como Puedo Rescindir Un Contrato De Alquiler?

Hola
Aunque el tema es complicado, intentaré exponerlo de la manera mas sencilla posible.
Mis padres tenían un contrato de alquiler que empezó en nov06 y estaban los dos como titulares. Mi padre fallece hace un mes y medio y mi madre debido a la nueva situación, se va a vivir con sus padres, queriendo rescindir el contrato ya que no quiere vivir mas allí. En el contrato que firmaron, el tiempo minimo que debian estar era de dos años y tal cual así, el propietario (conociendo la nueva situacion personal/economica de mi madre) le exije el pago del año que aun le queda por pagar.
Hay alguna posibilidad de rescindir el contrato por parte de mi madre sin tener que pagar el año que queda?
Ella no puede pagar el mes que viene (diciembre) por lo que necesitaría una solucion urgente para poder agarrarnos a esta dura e incomprensible situación.
Gracias de antemano a todos.
Themila is offline   Responder Con Cita
AutoSponsor
Antiguo 29-11-2007, 11:32:54   #2
laura_alv
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Nov 2007
Mensajes: 2
Predeterminado

Buenas, mira no estoy muy dicha en cuanto a este tema, pero lo que si se es que según la ley de arredamiento aunque tengas dos años de contrato tu puedes rescindirlo, avisando al propietario con dos meses de antelación. ahora ya no se si con la muerte de tu padre implica algo, te recomiendo que te pongas en contacto con tu comunidad, con el departamento de vivienda, si es la comunidad de madrid, incluso en madrid.org tienen publicada la ley
espero haberte ayudado aunque sea un poco
laura_alv is offline   Responder Con Cita
Antiguo 29-11-2007, 17:43:20   #3
cejuanjo
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Nov 2007
Mensajes: 24
Predeterminado Comentarios

Hola laura_alv

En primer lugar y de acuerdo con lo que dice la LAU de 1994 el arrendador tiene razón. Sin embargo y conforme dices en el mensaje con el que abres tema la parte arrendataria está constituida por tu padre y por tu madre. Fallecido el primero se producen varios efectos y fundamentalmente y de cara a lo que aquí interesa el de la producción de un riesgo imprevisible que afecta a la continuidad del contrato. Es lo que se llama "rebus sic stantibus". Así en los contratos de tracto sucesivo - como el arrendamiento - la continuidad de los mismos se subordina a que no cambien las cosas que les dieron origen. La interpretación jurisprudencial de este principio en nuestro Derecho (varias sentencias del TS de 1997 entre otras) exige para la aplicación de esta causa los siguientes requisitos (que te expongo en síntesis):

a) Alteración extraordinaria de las circunstancias en el momento de cumplir el contrato en relación con las concurrentes al tiempo de la celebración.
b) Desproporción inusitada entre las prestaciones de las partes contratantes
c) Sobreniencia de circunstancias radicalmente imprevisibles
d) Que se carezca de otro medio para salvar el el perjuicio

Otra manera de ver el asunto es la que proporciona la consideración del principio de dificultad extraordinaria (aquella que sobrevenida sólo puede vencerse mediante un sacrificio desproporcionado que no pudo ser tenido en cuenta en el momento de contraer la obligación). El TS (proyectando el principio de buena fe sobre los arts. 1182 y 1184 CC) tiene declarado de forma reiterada que dicha dificultad justifica la modificación de las obligaciones e incluso la extinción de éstas.

Finalmente y desde el punto de vista de la titularidad (ya comentada al comienzo) es obvio que el fallecimiento de tu padre quebranta ésta a efectos del contrato y el cónyuge supérstite no tiene porque subrogarse en las obligaciones del difunto (es decir, no tiene porque asumir la parte vacante de titularidad).

Un saludo
__________________
Hola, si no me encuentras aquí estoy en mi web ( [Solo los usuarios registrados pueden ver los links. ] )
cejuanjo is offline   Responder Con Cita
Respuesta


Herramientas Buscar en Tema
Buscar en Tema:

Búsqueda Avanzada
Desplegado

Normas de Publicación
no Puedes crear nuevos temas
no Puedes responder a temas
no Puedes adjuntar archivos
no Puedes editar tus mensajes

El código vB está habilitado
Las caritas están habilitado
Código [IMG] está habilitado
Código HTML está deshabilitado
Trackbacks are habilitado
Pingbacks are habilitado
Refbacks are deshabilitado


La franja horaria es GMT +1. Ahora son las 07:20:44.

Humor - amor - blog - Cursos online - Bebes - Comunidad biboz - Portadas facebook


Powered by: vBulletin, Versión 3.6.4
Derechos de Autor ©2000 - 2012, Jelsoft Enterprises Ltd.


SEO by vBSEO 3.0.0 RC8