¿defecto de forma para anular proceso selectivo por contencioso?
¿Procede recurso contencioso-administrativo alegando indefensión por defecto de forma contra un ayuntamiento, al unir varios procesos selectivos (años 2.006 y 07) en uno solo, siendo las listas de admitidos diferentes. Ya que resulta que exiten varias personas en la segunda lista que no estan en la primera, y por lo tanto no han pagado derechos de examen de la misma.?
¿No crea indefensión el haber pagado las tasas de los dos procesos selectivos y solo efectuar uno?
¿Es viable la anulabilidad judicial del proceso selectivo?
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