Hola a todos.
Estoy estudiando la constitución y tengo una duda referente la Cooperación entre comunidades autónomas. En dicho apartado deja bien claro que “no se admitirá la federación entre comunidades autónomas”.
La duda que tengo es qué no tengo claro qué se entiende en este caso por “federación de comunidades autónomas”. O más concretamente me gustaría saber que es una federación de comunidades autónomas.
He buscado por Internet y no encuentro exactamente lo que busco para resolver mi duda.
Espero que podais ayudarme.
Muchas gracias.
Esta expresión constitucional previene una posibilidad vetada por el texto constitucional por el riesgo que entraña de federalismo secesionista. No debe confundirse tal federación (naturaleza orgánica) con lo que son las distantas formas de colaboración y cooperación admitidas en sede constitucional (naturaleza funcional)
Un saludo
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