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Antiguo 25-10-2007, 14:42:37   #1
Ale01
Member
 
Fecha de Ingreso: Oct 2007
Ubicación: Madrid
Mensajes: 36
Predeterminado cambio de sección repercusión económica.

Hola a todos, trabajo en una fabrica y desde hace 6 años ,estaba fijo en una sección . Ahora me han cambiado sin más , para poner a otra persona. Ya sé que la empresa puede organizar el trabajo como considere conveniente y que no tengo derecho a pedir que me dejen en ese sitio, pero ahora económicamente dejo de cobrar dinero , ya que antes hacia unas preparaciones de maquina que ahora en mi nueva sección no puedo hacer , porque no existen. Puedo de alguna manera reclamar que he perdido economicamente ?
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Antiguo 26-10-2007, 22:18:35   #2
cacique
Member
 
Fecha de Ingreso: Oct 2007
Mensajes: 30
Predeterminado

Entiendo que estamos ante una "movilidad funcional extraordinaria" y por lo tanto una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (regulada en el art. 41 del Estatuto de los trabajadores).

En este caso el empresario debe enviar comunicación escrita al trabajador y a los representantes de los trabajadores explicando suficientemente la causa (económica, técnica, organizativa o de producción). Además el plazo de preaviso es de 30 días como mínimo.

Posibilidades del trabajador:

1.- Aceptar la modificación impuesta.

2.- Recurrirla por considerarla no ajustada a derecho, solicitando que se declare injustificada (plazo de 20 días hábiles desde que se recibe la comunicación).

3.- "Rizando el rizo" solicitar la rescisión del contrato en base al art. 50 del Estatuto de los Trabajadores por considerar que la modificación sustancial redunda en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad. Si le dan la razón la indemnización sería de 45 días de salario por año trabajado con un límite de 42 mensualidades.
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cacique is offline   Responder Con Cita
Antiguo 28-10-2007, 15:00:06   #3
Ale01
Member
 
Fecha de Ingreso: Oct 2007
Ubicación: Madrid
Mensajes: 36
Predeterminado cambio de sección

gracias por tu respuesta cacique , a mi me cambiarón sin más, eramos cuatro en la sección ,vino una racha mala de trabajo y fue la escusa perfecta para sacarme a mi del departamento a otra sección , me di de baja por ansiedad, y luego a la vuelta , ya habían fijado un nuevo grupo en ese departamento. Es decir me habían sustituido . Y me pusieron en otra sección
En mi contrato no dice nada en referencia a ese puesto.
En otro foro me comentan que " los complementos del puesto de trabajo , son inherentes a la función que realizaba y que si se deja de realizar el trabajo que tiene esos complementos se deja de percibir",,,,
¿ qué opinas?
Ale01 is offline   Responder Con Cita
Antiguo 29-10-2007, 20:38:53   #4
cacique
Member
 
Fecha de Ingreso: Oct 2007
Mensajes: 30
Predeterminado Tienen razón

¿Solo dejas de cobrar un complemento salarial por mantenimiento de las máquinas?. ¿No hay diferencias respecto al resto del salario?.

Si es así, tienen razón respecto a la percepción del plus de puesto de trabajo. Este depende del ejercicio de la actividad profesional en el puesto asignado, por lo que no tiene carácter consolidable. Con ello cabe afirmar que la "movilidad funcional" no se vé afectada por la percepción de este plus, no incluible por tanto en los derechos económicos a que se refiere el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Hay varias sentecias del Tribunal Supremo sobre este tema. Por ejemplo:

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PD: Por cierto ¿cual es ese otro foro?.
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Última edición por cacique fecha: 29-10-2007 a las 20:41:04.
cacique is offline   Responder Con Cita
Antiguo 04-11-2007, 18:46:32   #5
Ale01
Member
 
Fecha de Ingreso: Oct 2007
Ubicación: Madrid
Mensajes: 36
Predeterminado respuesta a cacique

Lex juridica. Hay planteé también la pregunta.
Muchas gracias por tu ayuda.
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