Entiendo que tenias un contrato "por obra o servicio determinado". En este contrato es necesario indicar de forma precisa cual es el trabajo que vas a desarrollar. El contrato finaliza cuando se termine "el proyecto". Por lo tanto si es verdad que el proyecto para el que has sido contratada finaliza el 10 de Octubre, el empresario te preavisa con al menos 15 días de antelación y el contrato se extingue.
Pero si no estás de acuerdo, porque crees que es mentira que se haya finalizado el proyecto o porque en tu contrato no esta suficientemente claro cual era el proyecto para el que ibas a trabajar, podrías haber reclamado contra esa comunicación de extinción del contrato. Y si además alegas que te despiden por estar disfrutando del permiso de maternidad y eres capaz de demostrarlo, el Juez probablemente declarara esa extinción NULA.
Hay que aclarar que la empresa no te está "despidiendo" sino que te comunica la finalización de la duración de tu contrato temporal.
Y respecto a las vacaciones "no se pueden compensaar con dinero", pero si finaliza tu contrato laboral y no las has disfrutado, tienen que incluirte en el finiquito los días de vacaiones devengadas y no disfrutadas (y cotizar por ellos a la seguridad social).
Al finalizar el contrato seguirás disfrutando de la baja por maternidad hasta que finalicen las 16 semanas correspondientes. Despues si tienes 360 días cotizados puedes solicitar la prestación de desempleo en el INEM.
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