Hola me gustaria saber si puedo modificar una escritura.
El problema es que el notario me ha puesto que el terreno rustico donado es colacionable y a mi me interesa que sea no colacionable, para asi en un futuro no tener que pagar la legitima.
Hace un año de la escritura, es posible cambiarla, me costaria mucho?
tendrias que comparecer los mismos que firmateis la otra escritura y hacer el cambio.
que sea colaccionable o no, no va a evitar la legitima, ya que para el calculo de la legitima se computa los bienes que tengan los causantes, y tambien la donaciones realizadas.
e incluso, aunque la donacion sea no colaccionable, ellos pueden hacer un testamento dejanto con la legitima, por ejemplo, y que se te page con la donacion ya realizada.
y si solo queda la donacion una vez fallecidos porque han vendido todos los bienes, la legitima se la hay que entregar y te tocaria a ti.
mi problema es que mi abuela hizo un chalet en una parcela que compraron pero que era no urbanizable, hace muchos años. la cuestion es que ahora quiere vender el chalet y me imagino que para poder venderlo en el precio que realmente vale un chalet, tendriamos que urbanizar el terreno ¿ no?
tu puedes vender la finca con el chale, y el que compra, pues compra todo.
distinto es que el que compra quiera inscribir la finca en el registro de la propiedad, para poder pedir una hipoteca por ejemplo.
Para ello habra que saber si la finca esta inscrita o no, y en caso de no estar, inscribir la finca y el chalet.
el chalet, se haria una declaracioan de obra nueva, lo que influye ya es la antiguedad, porque el chalet aunque este en suelo no urbanizable, si esta construido y ha pasado el tiempo para que haya sido requerida su legalizacion, pues ya queda legalizado por prescripcion.
Aunque hay que tener en cuenta, que si esta situado en alguna zona protegida, como proteccion de costas, o algo asi, puede que nunca prescriba si constituye una infraccion grave.
Para hacer la declaracion de obra, una vez que haya prescrito, puedes aportar una certificacion grafica y descriptiva de catastro en donde figure la antiguedad, y en caso de que en catastro no este, puedes hacer un informe por un aparejador certificando que tiene mas de 6 años, plazo que hay para reclamar contra obras fuera de normativa o sin licencia, y entonces el registro te la inscribira y no te pedira ningun proyecto o licencia.
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y comprueba los datos que tiene el catastro, tanto de la finca como la construccion