Hay retirada de carnet por no identificar al conductor?
Hola a todos, siempre he tenido esta duda, se que la multa puede ir desde 300 hasta 1500€ y que no conlleva puntos. Pero si lleva retirada de carnet por X tiempo? Que pasaria si identifico a una persona que no existe?
Gracias de antemano
si se le apertura el procedimeinto sancionador por cumplir con el requerimiento de identificación del conductor, sólo se le impone multa.
si se identifica a una persona que no existe, le volverá a usted el requrimiento y lo normal es que le abran ese procedimiento por no identificar, archivando el otro, aunque cabe la posibilidad que no lo hagan y sigan con el procedimeinto sancionador originario.
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salvo mejor criterio. consulte a un abogado.
reciba un saludo.
Txipiron, abogado en Bilbao.
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Art. 65.5 Ley de Tráfico: Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas: i) El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción de la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean debidamente requeridos para ello y no exista causa justificada que lo impida.
Artículo 67. Sanciones.
1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros; las graves, con multa de 91 a 300 euros; y las muy graves, de 301 a 600 euros. En el caso de infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción de suspensión por el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses, todo ello sin perjuicio de las excepciones que se establecen en este artículo.
Saludos.
Pero... por ej., en un coche de empresa, ¿a quien sancionarían?
Y... en un particular, si la multa llega como le pasó a un amigo bastante tiempo después, ¿no puedes alegar que no recuerdas quien era el conductor a esa hora ese día?
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A la empresa, como titular del vehículo: El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción...
Entre nosostros existiría esa razón justificada para no conocerlo -el tiempo transcurrido- pero una empresa, al igual que el particular, tiene el deber de saber quienes de sus empleados utilizan sus vehículos, so riesgo de la sanción correspondiente. Saludos.
Un amigo ha reibido una multa (sanción muy grave) por exceso de velocidad. Lleva aparejada 6 puntos y suspensión de la licencia de 1 a 3 meses. Basicamente, lo de siempre...
Viendo como recurrirla, me aconsejaron lo típico de no identificar al conductor, y que así solo habria sanción pecuniaria.
Sin embargo, por lo que habeis dicho, y viendo la LSV, entiendo que la no identificación del conductor es también sanción muy grave y que también lleva aparejada suspensión del carnet para el titular del vehículo, aunque no retirada de puntos.
Mas aun, he encontrado una sentencia del Constitucional (63/07 de 27 de marzo) que asienta que el no identificar al conductor no puede entenderse como una "facultad" del titular del vehículo de escoger la sanción que mas le convenga (menos dinero y puntos; o mas dinero sin puntos)
Por favor, podríais confirmarme que: A) la no identificación del conductor implica también la suspensión de la licencia, como cualquier otra falta muy grave; y B) Que aun no identificando al conductor, la Admon habitualmente sigue tramitando el expediente de "exceso de velocidad", en lugar de aplicar automáticamente el de identificación.
Incumplimiento de la obligacion de identificar al conductor
Hola,
Mi caso es el siguiente: recibí una notificación solicitándome identificar al conductor responsable de aparcar el coche en el carril-bus. Ese día ni siquiera saqué el coche del garaje porque me encontraba fuera de Madrid por trabajo. Así que No identifico al conductor puesto que hay un error por parte del Ayuntamiento. Y así se lo comunico mediante carta certificada al Departamento de Instrucción de multas.
Ahora me llega otra notificación de conclusión de fase instructora del procedimiento y apertura del trámite de audiencia. Con una multa propuesta de 400 euros por no identificar al conductor en tiempo y forma.
Pero digo yo... a qué conductor quieren que identifique? Qué opciones me quedan? Alguien podría ayudarme por favor?
Muchas gracias y un saludo
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