Reducion De Jornada Tras Maternidad
Tenemos en nuestra empresa una chica que ha estado de baja por maternidad hasta el 12/06 y ha solicitado una reducción de jornada a su regreso. Pero ella va a disfrutar de las vacaciones seguidas al periodo de descanso por maternidad, entonces mi duda es la siguiente en mes de junio, es decir, del 13 en adelante debemos registrarla en la Tesoreria Gral S.Social y por tanto pagarle la nomina como jornada completa o a jornada parcial porque por escrito entre las partes no hay nada. O por el contrario la jornada parcial se le aplicaría a partir de cuando vuelva de las vacaciones. Agradecería mucho me solucionaran esta duda y si me pueden dar la referencia legal de su respuesta mejor que mejor.Muchisimas gracias por adelantado.
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