en fin, esas caritas con la lengua afuera burlandote de mi pregunta dicen mucho de tí. En todo caso, lo que veo es que a la hora de cambiarme de residencia por cuestiones de trabajo (ya que tal y como está ahora el mercado parece que no queda más remedio) lo de alquilar piso no me parece una opción en cuanto no puedo hipotecarme con un contrato de un año (que es lo que piden todos los arrendadores), cuando el contrato de trabajo no contempla la posibilidad de que si me echan antes de un año me vayan a pagar el año entero (no se si pillas cual es el problema, quizá tú tampoco te pones en mi lugar).
Repito la pregunta por si ha quedado un poco confusa despues de todo esto: en terminos legales, si pierdo mi empleo , debo cumplir el contrato igualmente?
¿existe la opción de cambiar de inquilino?
¿sería suficiente con abonar la fianza, es decir, un mes de penalización?
un saludo.
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