Cita:
Empezado por 222333
buenas otra vez
¿donde hay que entregar exactamente los papeles de inexistencia de testamento y el certificado de defunción para hacer la declaración de herederos? ¿en un juzgado? ¿en cuál? ¿de primera instancia civil??
y ¿dónde vivía mi abuela? o ¿puede ser en otra ciudad? es que los herederos viven todos en comunidades autónomas diferentes.
un saludo y muchas gracias
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Existen dos maneras de obtener la declaración de herederos abintestatos, una
por vía judicial.
En este caso es competente el
Juez de Primera Instancia del último domicilio del causante. Constituye un proceso sencillo, expediente de jurisdicción voluntaria, que termina mediante una
AUTO DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS.
Normalmente esta es la vía utilizada cuando los únicos herederos legítimos de una persona son sus
parientes colaterales (hermanos o sobrinos) y
el Estado (o la Comunidad Autónoma). Pero nada obsta a que los hijos y descendientes, padres o el cónyuge puedan servirse de ella.
Por vía notarial.
Correspondiente al
Notario hábil del lugar del domicilio del difunto. En este caso se declara mediante una
ACTA NOTARIAL, con iguales efectos que el Auto anterior.
Esta es la vía que se utiliza normalmente cuando los herederos son
hijos, padres o el cónyuge.
Lo normal es que os dirijáis al
Notario hábil (cualquier notaría) de la ciudad que fue domicilio último del causante. Pero podéis también instarla ante el Juez de Primera Instancia, igualmente del domicilio del difunto.
Un saludo.