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Antiguo 24-05-2007, 00:21:37   #1
sonia
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: May 2007
Mensajes: 1
Angry baja por accidente laboral. tienen que pagarme el 100%?

hola a todos!
Soy fisioterapeuta en Barcelona y hace un mes que estoy de baja por accidente laboral. El otro dia mire la nomina correspondiente y vi que me habian pagado menos, fui a reclamar y me digeron que por estar de baja por accidente laboral no te pagan el 100% sino un 70 o 75%, eso es asi o me estan timando?
Hay algun sitio donde puda consultar esta informacion?

gracias a todos
sonia is offline   Responder Con Cita
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Antiguo 03-06-2007, 12:27:07   #2
jcc
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Apr 2007
Mensajes: 21
Predeterminado

creo que es asi para que te pague todo creo que tienes q estas incapacitada laboralmente
jcc is offline   Responder Con Cita
Antiguo 05-06-2007, 09:55:30   #3
Ignacio
Administrator
 
Fecha de Ingreso: Mar 2007
Mensajes: 340
Predeterminado

¡Hola Sonia!

La Ley distingue las causas que provocan una baja:

A). En cuanto al periodo de carencia (o periodo mínimo de cotización anterior a la baja):

-Si la causa que motiva la incapacidad temporal ha sido un accidente no laboral o una enfermedad común para tener derecho a ella, se requiere período mínimo de cotización.

-Si la baja es por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, no se exige periodo de cotización previo.

B). En cuanto a los periodos de cobro:

-Si la baja es por contingencias comunes, esto es, accidente no laboral o enfermedad común, el pago de la prestación se realizará a partir del cuarto día de baja y hasta el décimo quinto, por el empresario, a partir del décimo sexto día el pago correrá a cargo de la entidad gestora o Mutua, según donde se asegure el riesgo. Por Convenio Colectivo se podrá pactar el pago de la prestación por el empresario de los tres primeros días de baja.

-Si la baja ha sido provocada por un accidente laboral o una enfermedad profesional (contingencias profesionales) el pago de la prestación se realizará de la siguiente manera: El día del accidente el empresario abona el salario íntegro y a partir del día siguiente corre a cargo de la entidad gestora o Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional según donde se asegure el riesgo.

C). En cuanto al pago:

- En caso de enfermedad común y accidente no laboral:

•60% desde el día 4 hasta el 20 inclusive.

•75% desde el día 21 en adelante.

- En caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional:

•75% desde el día en que se produzca el nacimiento del derecho.

Los Convenios Colectivos podrán establecer complementos a los mínimos legales establecidos en los casos de incapacidad temporal. Es más frecuente que se establezca este complemento en los casos de Incapacidad temporal derivada de enfermedad profesional o accidente de trabajo.

Para conocer más detalles debes consultar tu convenio y la Ley General de la Seguridad Social

Esperando haberte ayudado recibe un cordial saludo
__________________
Licenciado en derecho del equipo de leyes.tv
Ignacio is offline   Responder Con Cita
Antiguo 11-07-2007, 09:12:55   #4
asesor72
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Jul 2007
Mensajes: 7
Predeterminado Contestacion

Me alegro que alguien haya contestado con conocimiento de causa, porque por aqui hay cada enterado que da miedo
asesor72 is offline   Responder Con Cita
Antiguo 04-05-2009, 15:57:28   #5
yusi
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: May 2009
Mensajes: 1
Predeterminado baja por accidente laboral. tienen que pagarme el 100%?

ola sta bn te dan el 75%.te dan el 100% cuando es gran invaliz no te an estafado.pd verlo por el ordenador en la S.S. o agencia tributaria.espero k te aya servido de gran ayuda
yusi is offline   Responder Con Cita
Antiguo 21-02-2012, 19:51:45   #6
yo misma
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: Feb 2012
Mensajes: 1
Predeterminado mas duda

hola soy enfermera y estoy en el mismo caso baja pr accidente laboral
en base a que a tu sueldosegun la cotización a la seguridad social? y si tienes varios pagadores? que toman el ultimo mes o los ultimos 180 dias?
yo misma is offline   Responder Con Cita
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