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Antiguo 04-05-2007, 09:28:29   #1
elenah
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: May 2007
Mensajes: 4
Predeterminado Sentencia firme sobre desahucio de fincas rústicas

Hola a todos.
Yo quería preguntarles unas dudas acerca de una sentencia de desahucio en unas parcelas de la propiedad de mi abuelo. Mi abuelo ya es mayor por lo que mis padres y mis tíos intentan hacerse cargo en lo posible.

El caso es que las parcelas llevaban tiempo arrendadas a un persona, y esta persona tras dar bastantes problemas, el año pasado decidió pagar lo que le apetecía, dejó a deber 595.32€ de la renta del periodo que finalizaba en septiembre de 2006.

Demandamos, tuvimos el juicio, y ganamos. La sentencia es firme, ya que no hubo recursos.

El caso es que esta persona ya había sembrado las parcelas, no se si tras poner la demanda o antes. E incluso una vez sabida la sentencia, en el plazo en el que podía recurrir (y no lo hizo) se gastó una cantidad considerable en abonarla.

En la sentencia dice:
"... En consecuencia, acreditada la existencia del mentado contrato verbal de arrendamiento rustico concertado entre los hoy litigantes e igualmente acreditado el impago del importe total de la renta correspondiente al año 2006, y a tenor de los artículos 1.124, 1.555 y 1566 del Código Civil, y el Art. Artículo 75.1ª Ley de Arrendamientos Rústicos 1980, procede estimar la petición contenida en la demanda, y en consecuencia, declarar la resolución del contrato y condenar al demandado a que dentro de los plazos legales, deje libre y a disposición del actor las referidas fincas rústicas, apercibiéndole de lanzamiento a su costa en caso de no verificarlo. Y a satisfacer al actor la suma reclamada..."

El abogado nos dice que las parcelas ya están a nuestra disposición y que el no tiene derecho a recoger la cosecha. Pero como sabíamos que él tiene intenciones de recogerla ya que las ha abonado y además lo ha comentado con gente de la zona, acudimos con la sentencia a la guardia civil para que les constara. El caso es que la guardia civil nos atendió muy bien y nos dijo que en la sentencia no ponía el plazo exacto del desahucio, y que debíamos dejarle recoger la cosecha, y que en todo caso, tendríamos que poner otra demanda debido al periodo actual.

De aquí la pregunta. ¿Cual es el plazo legal para que deje las parcelas?
Y si no está pagando este periodo y ya se ha emitido el desahucio por el periodo anterior, ¿Tiene derecho a recoger la cosecha? (las cosechas se recogen entre junio y agosto).

Gracias.
elenah is offline   Responder Con Cita
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Antiguo 04-05-2007, 11:11:50   #2
Ignacio
Administrator
 
Fecha de Ingreso: Mar 2007
Mensajes: 340
Predeterminado

¡Hola elenah!
Entiendo que una vez declarada firme la Sentencia de resolución del contrato y notificada, tiene que dejar a vuestra disposición la finca, más en el caso de que las cosechas han sido plantadas de mala fe y que no paga las mensualidades. Para hacer efectivo el desahucio deberás dirigirte al Juzgado en un procedimiento de ejecución de Sentencia.

Espernado haberte ayudado recibe un cordial saludo
__________________
Licenciado en derecho del equipo de leyes.tv
Ignacio is offline   Responder Con Cita
Antiguo 04-05-2007, 20:43:33   #3
elenah
Junior Member
 
Fecha de Ingreso: May 2007
Mensajes: 4
Predeterminado

Gracias.
No se si el desahucio está hecho efectivo ya.
Resulta que tenemos un papel que pone "Diligencia de posesión", está fechado a 16 de marzo de 2007. En el pone:
"Se procede a dar posesión de las fincas rústicas objeto de PIEZA SEPARADA DE EJECUCIÓN PROVISIONAL 311/2006, SOBRE OTRAS MATERIAS, cuyas actuaciones son seguidas en el Juzgado de Primera Instancia Numero 1 de Ciudad Rodrigo (Salamanca) al nuevo propietario de la misma D. **** asistido de la letrada Dña. ***."
Y le sigue un detalle de las parcelas y:
"En vista de todo ello por el Auxiliador Judicial se da por posesionado de las FINCAS RUSTICAS al nuevo propietario D. ****... haciendose cargo de las mismas en la fecha de referencia."

La verdad es que no nos habíamos fijado en este papel hasta ahora. Tampoco es que lo entendamos muy bien. ¿Es esto a lo que te refieres?. De ser así entonces ya estaría todo resuelto ¿no?

De nuevo muchas gracias por tu ayuda.
elenah is offline   Responder Con Cita
Antiguo 04-05-2007, 21:58:28   #4
Ignacio
Administrator
 
Fecha de Ingreso: Mar 2007
Mensajes: 340
Predeterminado

hola elenh


Ese auto ,es la ejecucion de la sentencia y si ya esta en posesion el nuevo propietario no debes realizar ninguna actuacion mas.


SALUDOS
__________________
Licenciado en derecho del equipo de leyes.tv
Ignacio is offline   Responder Con Cita
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