Sentencia firme sobre desahucio de fincas rústicas
Hola a todos.
Yo quería preguntarles unas dudas acerca de una sentencia de desahucio en unas parcelas de la propiedad de mi abuelo. Mi abuelo ya es mayor por lo que mis padres y mis tíos intentan hacerse cargo en lo posible.
El caso es que las parcelas llevaban tiempo arrendadas a un persona, y esta persona tras dar bastantes problemas, el año pasado decidió pagar lo que le apetecía, dejó a deber 595.32€ de la renta del periodo que finalizaba en septiembre de 2006.
Demandamos, tuvimos el juicio, y ganamos. La sentencia es firme, ya que no hubo recursos.
El caso es que esta persona ya había sembrado las parcelas, no se si tras poner la demanda o antes. E incluso una vez sabida la sentencia, en el plazo en el que podía recurrir (y no lo hizo) se gastó una cantidad considerable en abonarla.
En la sentencia dice:
"... En consecuencia, acreditada la existencia del mentado contrato verbal de arrendamiento rustico concertado entre los hoy litigantes e igualmente acreditado el impago del importe total de la renta correspondiente al año 2006, y a tenor de los artículos 1.124, 1.555 y 1566 del Código Civil, y el Art. Artículo 75.1ª Ley de Arrendamientos Rústicos 1980, procede estimar la petición contenida en la demanda, y en consecuencia, declarar la resolución del contrato y condenar al demandado a que dentro de los plazos legales, deje libre y a disposición del actor las referidas fincas rústicas, apercibiéndole de lanzamiento a su costa en caso de no verificarlo. Y a satisfacer al actor la suma reclamada..."
El abogado nos dice que las parcelas ya están a nuestra disposición y que el no tiene derecho a recoger la cosecha. Pero como sabíamos que él tiene intenciones de recogerla ya que las ha abonado y además lo ha comentado con gente de la zona, acudimos con la sentencia a la guardia civil para que les constara. El caso es que la guardia civil nos atendió muy bien y nos dijo que en la sentencia no ponía el plazo exacto del desahucio, y que debíamos dejarle recoger la cosecha, y que en todo caso, tendríamos que poner otra demanda debido al periodo actual.
De aquí la pregunta. ¿Cual es el plazo legal para que deje las parcelas?
Y si no está pagando este periodo y ya se ha emitido el desahucio por el periodo anterior, ¿Tiene derecho a recoger la cosecha? (las cosechas se recogen entre junio y agosto).
Gracias.
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