¿Me pueden demandar si me llevo clientes?
Aqui tenemos una duda de una abogada en practicas sobre su cartera de clientes:
Duda: ¿Me pueden demandar si me llevo clientes?
Soy licenciada en derecho y trabajo en un despacho de abogados. A diario estoy en contacto con bastantes clientes extranjeros. Estoy segura de que varios abandonarían la firma si yo me fuera para que yo siguiera asesorándoles.
1. De qué modo podría irme del despacho con los clientes que me siguieran sin ser demandada?
2. Pasaría algo si, en la carta de despedida que mandaría a todos los clientes, mencionara mi nueva forma de contacto?
Respuesta: Vamos a empezar por el principio. ¿Tienes un contrato laboral con ese despacho de abogados? de todos es sabido que abundan los pasantes sin contrato.
Si tienes contrato laboral hay que guardar unas precauciones en cuento a lo de la competencia desleal y todo eso. Pero aún así lo tienen muy difícil si quieren que su demanda prospere, a no ser que te estén pagando algo en la nómina en concepto de fidelidad o similar. Todas las claúsulas de permanencia "obligada" son nulas si no están recompensadas económicamente.
De todas formas, guardando unas elementales precuaciones, tengas contrato o no lo tienes muy fácil.
Les mandas una carta a los clientes "firmada" por ti personalmente. Por supuesto que no con el papel del despacho. Pongo firmada entre comillas y ya sabes a lo que me refiero. El sobre sin remitente y no lo escribas a mano. La carta con fecha posterior a tu "dimisión" del despacho, aunque realmente la mandes antes.
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