Expropiaciones urbanisticas

Vamos a definir el concepto de expropiaciones urbanisticas del derecho urbanistico
La expropiación urbanística es simplemente una modalidad de la expropiación genérica, es decir, de la técnica administrativa instrumentada a su través, caracterizada aquí por la persecución de unos objetivos que aparecen vinculados de un modo u otro a la materialización de determinaciones de Planes urbanísticos.

Consecuentemente, su régimen jurídico fundamental aparece establecido en la legislación básica estatal en materia de expropiación forzosa, cuya promulgación es, además, competencia exclusiva del Estado de conformidad con el art. 149.1 C.E. Las peculiaridades de su aplicación al terreno urbanístico corresponde establecerlas al respectivo legislador autonómico.

Las principales finalidades de las expropiaciones urbanísticas permiten, a su vez, caracterizar una diversidad de figuras de las mismas:

- Expropiación como sistema de actuación, en cuya virtud la Administración actuante asume la titularidad de todos los terrenos ubicados en el ámbito de ejecución escogido y, a partir de ese momento, lleva a cabo el proceso de transformación material y jurídica del suelo a través de alguna de las modalidades de gestión inherentes al funcionamiento de la respectiva Administración, siendo la más usual en este supuesto la concesión de obra urbanizadora.

- Expropiación para obtención de terrenos dotacionales, principalmente para obtención de sistemas generales en suelo urbano donde muchas veces éstos no son objeto de cesión gratuita por sus propietarios -sólo lo son cuando se hallan incluidos en los respectivos ámbitos sin generar cargas desproporcionadas o inasumibles para los propietarios- pero eventualmente también en suelo urbanizable. Igualmente, la expropiación será el mecanismo seguido para la obtención de terrenos afectos a una dotación pública local cuando esté excluida de ámbito de ejecución y no exista otro mecanismo alternativo en la legislación autonómica -como podrían serlo las transferencias de aprovechamientos urbanísticos o la ocupación directa-.

- Expropiación para obtención de terrenos no dotacionales con fines de interés general, modalidad bajo la que se agrupan las expropiaciones destinadas a constitución o ampliación del Patrimonio Municipal del Suelo, a obtención de terrenos afectos desde el planeamiento a la construcción de viviendas de protección pública o a la obtención de terrenos asignados a otros usos declarados expresamente de interés social.

- Expropiación sancionatoria, o por incumplimiento de la función social de la propiedad, incumplimiento que se patentiza con la inobservancia de alguno de los deberes urbanísticos tradicionales -vinculados a la ejecución de la urbanización y edificación-, y que en la mayor parte de las legislaciones autonómicas se conecta a supuestos de incumplimiento de los plazos fijados para urbanizar y/o edificar y también de parcelaciones ilegales en suelo no urbanizable o asimilado, a modo de sanción adicional, junto a la multa pertinente derivada del previo procedimiento sancionador.

La reversión en los distintos supuestos expropiatorios tiene un régimen diferenciado, por lo que ha de acudirse a la legislación específicamente aplicable en cada Comunidad Autónoma. En el caso de la expropiación para obtención de terrenos dotacionales, por ejemplo, el derecho de reversión puede no llegar a surgir simplemente con que el uso dotacional para el cual se expropió haya sido efectivamente implantado y mantenido durante un periodo de tiempo determinado, transcurrido el cual la Administración podrá cambiarlo de destino sin que ello comporte derecho alguno para los anteriores propietarios.

Hay 9 comentarios

  1. Juan Jose Sansano Guirao on Noviembre 28th, 2008

    Hola Buenos Dias:
    Tengo un problema urbanistico con unos terrenos dotacionales (zona verde y Cultural y Docente)con el Ayuntamiento del Municipio, sobre propiedad de los mismos, me podriais informar. Gracias Saludos

  2. Carlos on Marzo 20th, 2009

    mi pregunta es la siguiente, nos van a expropiar un terreno para una obra de ensanche de una carretera y el ayuntamiento nos ofrece, bien el pago del justiprecio por ese terreno, bien dar unos derechos urbanisticos sobre otros terrenos.
    me pueden explicar esto ultimo.
    gracias

  3. DIEGO RIVERO on Julio 8th, 2009

    El ayuntamiento de Cádiz,nos quiere expropiar un trozo de patio, alegando que está fuera de ordenacion en el nuevo PGOU. ¿tenemos derecho a algún tipo de indemninación?
    gracias

  4. DIEGO RIVERO on Julio 13th, 2009

    no he recibido contestación, a la consulta del día 8 de julio. Espero algúna señal por su parte. muy agradecido. Diego Rivero

  5. valeriano on Octubre 19th, 2009

    tengo un campo de almendros de siete mil metros en el cual hay un refugio del tiempo de la guerra civil el citado campo me lo quiere expropiar el ayumtamiento. desearia recibir un consejo

  6. Carmen on Marzo 12th, 2010

    El Ayuntamiento me ha expropiado una finca con su vivienda para zona verde de un Poligono Industrial, y despues de haber plantado todo, ahora lo quitan porque van ha hacer zona deportiva.
    Puedo hacer algo al respecto?
    Tengo derecho a la reversión?

  7. Laura on Agosto 11th, 2010

    Hace 6 años me compre una vivienda con terreno,no muy nueva digamos, pero la he ido arreglando poco a poco;las puertas,ventanas,paredes…y ahora que he ahorrado iba arreglar la cocina y el baño y digo iba porque hoy me ha venido una vecina con unos planos que el lunes aprobaran donde mi casa seria para zona verde y todo mi patio junto con el merendero serian parte de uno de los edificios de las 100 viviendas que pretenden hacer.No solo me afecta a mi sino a todos los vecinos de la calle(somos unos 40 vecinos con casitas particulares)Desde el ayuntamiento nos dicen que no nos preocupemos,que porque salga el proyecto adelante no quiere decir que lo vayan hacer en breve(yo personalmente no entiendo nada)Ademas varios vecinos han ido a pedir permiso de obra para arreglar sus casas y no se lo dan.¿Me podria esesorar de que puedo hacer?o si es legal.Los terrenos son urbanizables¿pueden aprobar un proyecto sin que los vecinos sepamos nada?¿sin que los terrenos sean de ellos?nosotros hemos obtenido esos planos de internet.¿no nos tendrian que haber avisado antes de aprobar el proyecto como pretenden el lunes?Espero su contestacion.gracias de antemano.Un saludo cordial

  8. ana maria t. on Octubre 6th, 2010

    Tengo una finca en Bembibre. El ayuntamiento me la partió en dos pasando una carretera por el medio. No he firmado nada con ellos. ¿puedo reclamarles algo?

  9. henrique on Octubre 21st, 2010

    tenemos la casa en zona verde desde hace mas de treinta años con el consiguiente deterioro por la incertidumbre quisiera saber si es legal tenerla tanto tiempo asi o hay algun plazo gracias

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