Escisión de sociedades

Aqui teneis la definición de escisión de sociedades segun el derecho mercantil
Fenómeno por el cual una sociedad o bien divide la totalidad de su patrimonio en dos o más partes transmitiéndolas en bloque a otras sociedades nuevas o existentes o bien segrega de su patrimonio una o más partes que traspasa en bloque a otra u otras sociedades ya existentes o de nueva creación. En el primer caso, la sociedad se extingue y sus socios reciben el número de acciones de las sociedades a que se traspasa el patrimonio en proporción de sus respectivos porcentajes en la sociedad extinguida. En el segundo supuesto, la sociedad subsiste y recibe a cambio de las partes de patrimonio que traspasa acciones de las sociedades beneficiarias de la escisión. Su régimen jurídico en el derecho español viene establecido en los arts. 252 a 259 de la L.S.A.

Las condiciones de la escisión a efectos de los beneficios fiscales se recogen en la Ley de 26 de diciembre de 1980.

Hay 5 comentarios

  1. Lucas on Mayo 15th, 2009

    Gracias por la info

  2. garban on Mayo 29th, 2009

    no se como funciona esto pero tengo un despido inprocedente me deben bastante dinero e ganado los juicios y salio que tenia que pagarme y no me paga ¿como ago para cobrar? encima ese tio sigue trabajando a puerta cerrada y tiene 11 personas a su cargo que debo hacer ya que la ley parece que se ha olvidado de mi?con lo facil que seria cerrarle la empresa meterlo preso por no pagar y que me den lo que me debe ya que ese tio esta endeudado con mas de un banco no se que hacer y quiero mi dinero nada mas. alguna solucion?por favor.gracias

  3. ariadna on Junio 22nd, 2009

    bye pero no me gusto la informacion esta muy chafa, y ademas faltan mas cosas de la scision de sociedades.

  4. ariadna on Junio 22nd, 2009

    ya dije no me gusto bye.

  5. ariadna de jesus aguilar sanchez on Junio 22nd, 2009

    bye pero no me gusto la informacion esta muy chafa, y ademas faltan mas cosas de la scision de sociedades…

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