Derecho de visita

Esta es la definición de derecho de visita desde el punto de vista del derecho civil
Derecho de visita es el derecho que la ley atribuye al cónyuge que, tras el divorcio, no tenga consigo a los hijos para visitarlos, comunicarse con ellos y tenerlos en su compañía. Debe ser determinado en virtud de convenio regulador o, en su defecto, por el Juez.
Recientemente ha sido regulado en el CC el derecho de visita de los abuelos

No hay comentarios

Deja tu comentario